Medel
magistrats européens pour la démocratie et les libertes
Hemos recibido información sobre la situación producida en Ecuador tras la destitución, el 9 de Diciembre 2004, de todos los miembros de la Corte Suprema de Justicia y de su substitución por nuevos Jueces nombrados por el Congreso Nacional de Ecuador ;
que esta medida fue solicitada el día 8 de Diciembre 2004 por el Presidente de la República, Ing. Lucio Gutiérrez;
que esta medida fue adoptada mediante una interpretación extensiva de la Vigésimo Quinta Disposición Transitoria de la Constitución de 1998;
que, sin embargo, el artículo 202 de dicha Constitución afirma que los Jueces de la Corte Suprema no son nombrados por un período fijo y que, en caso del cese de uno de ellos, la facultad de substituirlo corresponde exclusivamente al Pleno de la Corte Suprema;
que el Presidente elegido de la Corte Suprema, Dr. Ramón Rodríguez, ha renunciado a su cargo el 13 de Enero 2005, al tiempo que denunciaba haber recibido presiones indebidas en el procedimiento para el nombramiento de los vocales del Consejo Nacional de la Judicatura ;
que entre las competencias de dicho Consejo Nacional de la Judicatura se encuentra no sólo el autogobierno de la Judicatura sino también la formación de una terna de candidatos entre los cuales el Congreso Nacional deberá escoger el Ministro Fiscal General de la Nación ;
que los Jueces removidos el 9 de Diciembre 2004 han presentado un informe relativo al Gobierno de Ecuador ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos , requiriendo medidas cautelares contra las reformas propuestas respecto a la Corte Suprema ;
que la Asociación Jueces para la Democracia – Capítulo Ecuador ha invitado al Relator Especial de las Naciones Unidas para la Independencia de Jueces y Abogados, Dr. Leandro Despouy, a investigar la situación;
que, además, lo que añade preocupaciones sobre la salida de la crisis, la garantías debidas del Poder Judicial de Ecuador non están consagradas en una ley orgánica;
Por lo que precede
Lamentamos la violación de las garantías constitucionales de independencia del Poder Judicial por el Congreso Nacional y por el Presidente de la República, recordando que solamente una magistratura nombrada y gobernada de manera independiente puede asegurar la necesaria protección de los derechos fundamentales en una democracia;
Invitamos al Congreso Nacional de Ecuador a reconsiderar las acciones emprendidas desde el 9 de Diciembre 2004, tomando las medidas necesarias para restituir las prerrogativas del Poder Judicial;
Exhortamos al Relator Especial de las Naciones Unidas para la Independencia de Jueces y Abogados, Dr. Leandro Despouy, para que investigue los episodios denunciados y para que recomiende al Gobierno de Ecuador que se abstenga de ulteriores pasos antes de que la situación haya sido plenamente aclarada;
Invitamos todos los poderes de la República de Ecuador, Ejecutivo, Legislativo y Judiciario, a iniciar una reflexión común que llegue, en el menor plazo posible, a la adopción de un Estatuto Orgánico del Poder Judicial que garantice, con el debido respeto por la separación de los poderes, la autonomía, la independencia y las prerrogativas de la Judicatura.
El Consejo de Administración de Medel
Bruxelles, 22 de Enero de 2005 |